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¡Todos a VOTAR!

Elecciones de representantes - 2023

UNISANGIL, invita a estudiantes, profesores, egresados y personal administrativo
de la Institución a participar en la elección de los representantes.

Periodo de Inscripciones

Del 20 de septiembre de 2023
Hasta el 23 de octubre de 2023

Fecha de Elecciones

15 de Noviembre de 2023
7:00 a.m a 7:00 p.m.

Periodo de Representación

Del 01 de Enero de 2024
hasta el 31 de Diciembre de 2024

Las calidades y requisitos que deberán cumplir los aspirantes a ser elegidos
ante los diferentes organismos de gobierno y dirección son:

Para los aspirantes a representación estudiantil
a) Ser estudiante activo de UNISANGIL, es decir, quien se encuentre matriculado de acuerdo con lo establecido en literal a) del artículo 15 del Reglamento Estudiantil de Pregrado, durante el período electoral vigente.

b) Los estudiantes aspirantes al Consejo de Fundadores, Consejo Superior, Consejo Académico y Consejo de Facultad de la Institución, deberán haber cursado y aprobado por lo menos el treinta por ciento (30%) del total de créditos académicos del programa de pregrado profesional al cual pertenece y por lo menos un veinte por ciento (20%) para los estudiantes de programas tecnológicos.

c) Los estudiantes aspirantes ante los Comités Curriculares de los programas académicos de pregrado y Comité de Bienestar Institucional, deberán haber cursado y aprobado por lo menos el veinticinco por ciento (25%) del total de créditos académicos del programa de pregrado profesional al cual pertenece y por lo menos un diez por ciento (10%) para los estudiantes de programas tecnológicos.

d) Todo estudiante aspirante deberá acreditar un promedio general acumulado igual o superior a tres, punto, ocho, cero (3.80).

e) No ser sujeto investigado, ni haber sido sancionado por la comisión de falta grave o gravísima, en virtud de un proceso disciplinario de acuerdo con lo establecido en el Reglamento Estudiantil de Pregrado.

f) No tener ningún vínculo laboral o contractual con la Institución.

g) Para inscribirse como aspirante, no podrá estar cursando alguno de los dos últimos niveles de aprendizaje del programa académico al cual pertenece.

h) No haber sido objeto de declaratoria de vacancia del cargo por faltar a dos reuniones consecutivas o a tres no consecutivas del órgano o estamento para el cual fue elegido.

PARÁGRAFO: Para el caso del literal c) se habilitarán las candidaturas de estudiantes pertenecientes a un programa académico que se encuentre iniciando la oferta académica del tercer nivel de aprendizaje (por primera vez), así no hayan cumplido con el porcentaje mínimo de créditos académicos requeridos.
Para los aspirantes a representación del profesorado
a) Contar con un contrato laboral vigente como profesor de la Institución y una antigüedad de mínimo de dos (2) años consecutivos.

b) No ser sujeto investigado, ni haber sido sancionado disciplinariamente de acuerdo con lo establecido en el Reglamento de Profesores.

c) No haber sido objeto de declaratoria de vacancia del cargo por faltar a dos reuniones consecutivas o a tres no consecutivas del órgano o estamento para el cual fue elegido.
Para los aspirantes a representación de los egresados
a) Ser egresado titulado de alguno de los programas académicos de pregrado de UNISANGIL.

b) No haber sido sancionado disciplinariamente durante el desarrollo de sus estudios de pregrado de conformidad con el Reglamento Estudiantil de la Institución.

c) Acreditar un promedio general acumulado en el momento de su titulación, igual o superior a tres, punto, ocho, cero (3.80).

d) No tener ningún vínculo laboral o contractual con la Institución.

e) No haber sido objeto de declaratoria de vacancia del cargo por faltar a dos reuniones consecutivas o a tres no consecutivas del órgano o estamento para el cual fue elegido.
Para los aspirantes a representación del cuerpo administrativo
a) Ser empleado vinculado laboralmente a UNISANGIL y contar con una antigüedad de mínimo de dos (2) años consecutivos.

b) No ser aprendiz del SENA.

c) No haber sido sancionado disciplinariamente de conformidad con el Reglamento Interno de Trabajo de la Institución.

d) No haber sido objeto de declaratoria de vacancia del cargo por faltar a dos reuniones consecutivas o a tres no consecutivas del órgano o estamento para el cual fue elegido.

Organismos de gobierno

Los organismos de gobierno y dirección a los que estudiantes, profesores,
egresados y personal administrativo podrán aspirar, son:

REPRESENTACIÓN ESTUDIANTIL
Y DEL PROFESORADO
REPRESENTACIÓN DEL
LOS EGRESADOS
REPRESENTACIÓN DEL
LOS ADMINISTRATIVOS

Las las principales áreas de responsabilidad de cada uno de los organismos de gobierno son las siguientes:

Consejo de fundadores

Es el máximo órgano de dirección de la Institución, conformado por:

  • Los representantes legales de las entidades fundadoras.
  • El representante legal de la Universidad Autónoma de Bucaramanga.
  • Los representantes legales de los demás miembros adherentes de la Fundación.
  • Un (1) representante de los estudiantes elegido por estos mismos en votación directa y secreta.
  • Un (1) representante de los profesores elegido por estos mismos en votación directa y secreta.
  • Un (1) representante de los egresados elegido por estos mismos en votación directa y secreta.

 

PRINCIPALES ÁREAS DE RESPONSABILIDAD:

  1. Establecer la misión, las políticas y directrices generales de la Fundación en desarrollo de su objetivo social.
  2. Reformar los estatutos constitutivos, para lo cual deberá contarse con el voto unánime del 75% de todos sus miembros, incluido el voto favorable de la Universidad Autónoma de Bucaramanga.
  3. Elegir y remover al Revisor Fiscal y a su suplente, y fijar su remuneración
  4. Examinar y aprobar los informes de gestión de los órganos de administración y control.
  5. Examinar y aprobar los estados financieros de cada ejercicio económico anual.
  6. Aprobar el ingreso de nuevos miembros adherentes o benefactores, conforme a la reglamentación que el Consejo establezca.
  7. Decidir sobre la adquisición o enajenación de bienes inmuebles.
  8. Darse su propio reglamento.
  9. Elegir entre sus miembros a sus representantes para conformar el Consejo Superior de la Fundación.
  10. Velar por que la marcha de la Institución esté acorde con la misión, las disposiciones legales y el plan de desarrollo institucional.
  11. Las demás que le sean propias de sus funciones, que le asigne la ley y los estatutos.
Consejo superior

Es el máximo órgano de administración de la Institución, conformado por:

  • Dos (2) representantes del Consejo de Fundadores designados por éste.
  • Tres (3) representantes de la Universidad Autónoma de Bucaramanga, designados directamente por ésta.
  • Un (1) representante de los estudiantes elegidos por estos mismos en votación directa y secreta.
  • Un (1) representante de los profesores elegidos por estos mismos en votación directa y secreta.
  • Un (1) representante de los egresados elegidos por estos mismos en votación directa y secreta.

 

PRINCIPALES ÁREAS DE RESPONSABILIDAD:

  1. Definir las políticas académicas y administrativas y la planeación institucional.
  2. Definir la organización académica, administrativa y financiera de la Institución, estableciendo los derechos pecuniarios que por razones académicas puede exigir la Institución.
  3. Velar por que la marcha de la Institución esté acorde con las disposiciones legales, los estatutos y las políticas generales.
  4. Expedir o modificar los reglamentos de la Institución, de acuerdo con la legislación y con los estatutos.
  5. Estudiar y someter a aprobación del Consejo de Fundadores las reformas estatutarias que considere convenientes, de acuerdo con lo previsto en los estatutos.
  6. Aprobar la creación, suspensión, supresión o modificación de programas de pregrado y postgrado, previo estudio y aprobación del Consejo Académico y de acuerdo con las disposiciones legales.
  7. Aprobar el presupuesto y conocer en primera instancia los estados financieros de la Institución.
  8. Darse su propio reglamento.
  9. Designar y remover al Rector de acuerdo con los estatutos.
  10. Aprobar la estructura administrativa y establecer los niveles de remuneración.
  11. Preparar los informes de su gestión para que sean aprobados por el Consejo de Fundadores.
  12. Decidir sobre el arrendamiento de bienes raíces.
  13. Autorizar al representante legal de la Fundación para ejecutar todo acto o contrato cuya cuantía sea superior a doscientos (200) salarios mínimos legales mensuales vigentes, según lo previsto en los estatutos.
  14. Autorizar la celebración de todo contrato o convenio con instituciones nacionales, gobiernos extranjeros o instituciones internacionales.
  15. Aceptar y aprobar los ofrecimientos de auxilios, donaciones, herencias o legados, conforme a lo previsto en los estatutos.
  16. Las demás que le sean propias de sus funciones o que le asigne la ley y los estatutos.
Consejo de académico

Es la máxima autoridad académica y órgano asesor del Rector,  conformado por:

El Rector, quien lo presidirá.
El Vicerrector Académico, quien lo presidirá en ausencia del rector.
Los Decanos de las Facultades o Directores de Programas Académicos.
Un (1) representante de los profesores elegido por estos mismos en votación directa y secreta para períodos de un (1) año.
Un (1) representante de los estudiantes elegido por estos mismos en votación directa y secreta para períodos de un (1) año.

PRINCIPALES ÁREAS DE RESPONSABILIDAD:
1. Decidir sobre el desarrollo académico de la Institución en lo relativo a docencia, especialmente en cuanto se refiere a programas académicos, investigación, extensión y bienestar universitario.
2. Decidir las políticas académicas en lo referente al personal docente y estudiantil.
3. Rendir informes periódicos al Consejo Superior.
4. Elaborar y conceptuar ante el Consejo Superior sobre los proyectos de reglamento de personal docente y administrativo, reglamento de bienestar universitario, reglamento estudiantil, creación, suspensión, supresión, o modificación de programas académicos y demás aspectos de carácter académico.
5. Expedir su propio reglamento. 6. Las demás que le asignen los estatutos, el Consejo Superior o la legislación vigente.

 

Consejo de facultad

Es el organismo de asesoría y control académico y disciplinario de la Facultad, encargado de verificar el cumplimiento de las labores de docencia, investigación y extensión.

Conformado por:
 El Vicerrector(a) Académico.
 El Decano(a) de la Facultad, quien lo preside.
 Los Directores(as) de los programas académicos de la Facultad.
 El Coordinador(a) del Centro de Investigaciones de la Facultad – C.I.F.
 Un (1) representante de los profesores elegido por estos mismos en votación directa y secreta para períodos de
un (1) año.
 Un (1) representante de los estudiantes elegido por estos mismos en votación directa y secreta para períodos de
un (1) año.

 

PRINCIPALES ÁREAS DE RESPONSABILIDAD:

1. Asesorar al Decano en los estudios relacionados con la creación, modificación, extensión o supresión de programas.
2. Proponer al Consejo Académico el otorgamiento de títulos profesionales y distinciones para los estudiantes y
profesores, conforme a los reglamentos de la Institución.
3. Estudiar, diseñar y proponer al Consejo Académico, para su aprobación, el currículo de la Facultad.
4. Estudiar en primera instancia, las reformas curriculares de los programas académicos de la Facultad y presentarlas al
Consejo Académico para su concepto y posterior aprobación por el Consejo Superior.
5. Autorizar la modificación de registros de calificaciones definitivas, conforme a lo previsto en el Reglamento Estudiantil.
6. Autorizar la incorporación en el sistema, de los estudiantes que se matriculen en forma extemporánea.
7. Asesorar al Decano de la Facultad en la preparación de proyectos de docencia, investigación y extensión.
8. Asesorar al decano en el diseño, formulación y ejecución del plan de desarrollo de la Facultad.
9. Conocer y decidir sobre la responsabilidad disciplinaria de los estudiantes, en aquellos asuntos que sean de su
competencia conforme al Reglamento Estudiantil.
10. Recomendar al Consejo Académico la aprobación de comisiones de estudio para docentes conforme a las necesidades
del programa.
11. Las demás que le asignen los estatutos y reglamentos de UNISANGIL o la legislación vigente.

Comité de curricular

En cada uno de los programas académicos existe un Comité Curricular, responsable de la asesoría al Decano en la gestión del plan de estudios del respectivo programa.

Conformado por:

 El Decano(a) de la Facultad.
 El Director(a) del Programa Académico, quien lo preside.
 Un (1) representante de los profesores elegido por estos mismos en votación directa y secreta para períodos de
un (1) año.
 Un (1) representante de los estudiantes, preferiblemente que esté cursando uno de los tres (3) últimos niveles de
aprendizaje, elegido por estos mismos en votación directa y secreta para períodos de un (1) año.
 Un (1) representante de los egresados elegido por estos mismos en votación directa y secreta para períodos de
un (1) año.

PRINCIPALES ÁREAS DE RESPONSABILIDAD:

1. Asesorar al Decano en la administración de los planes de estudio de sus programas de acuerdo con los criterios
institucionales y las recomendaciones del Consejo Académico y el Consejo de Facultad.
2. Actuar como cuerpo consultivo del Decano en materia de gestión curricular.
3. Asesorar a los equipos docentes de la Facultad en el proceso de evaluación institucional y del programa.
4. Brindar apoyo técnico al decano y a los docentes de la Facultad en las decisiones curriculares y en la interpretación de
criterios para la aplicación del plan de estudios.
5. Servir como organismo de enlace en las discusiones curriculares institucionales referidas a las disciplinas y áreas
académicas de su competencia.
6. Evaluar periódicamente el plan de estudios de los programas académicos de la Facultad y recomendar al Consejo de
Facultad, modificaciones que respondan a las políticas de su Facultad y su misión.
7. Participar en el diseño del contenido y la secuencia de los planes de estudios.
8. Analizar y revisar los contenidos y guías de cátedra de las asignaturas y dar a conocer al Consejo de Facultad las
recomendaciones pertinentes.
9. Las demás que le asignen los reglamentos de UNISANGIL o la legislación vigente.

Comité de curricular

En cada uno de los programas académicos existe un Comité Curricular, responsable de la asesoría al Decano en la gestión del plan de estudios del respectivo programa.

Conformado por:

 El Decano(a) de la Facultad.
 El Director(a) del Programa Académico, quien lo preside.
 Un (1) representante de los profesores elegido por estos mismos en votación directa y secreta para períodos de
un (1) año.
 Un (1) representante de los estudiantes, preferiblemente que esté cursando uno de los tres (3) últimos niveles de
aprendizaje, elegido por estos mismos en votación directa y secreta para períodos de un (1) año.
 Un (1) representante de los egresados elegido por estos mismos en votación directa y secreta para períodos de
un (1) año.

PRINCIPALES ÁREAS DE RESPONSABILIDAD:

1. Asesorar al Decano en la administración de los planes de estudio de sus programas de acuerdo con los criterios
institucionales y las recomendaciones del Consejo Académico y el Consejo de Facultad.
2. Actuar como cuerpo consultivo del Decano en materia de gestión curricular.
3. Asesorar a los equipos docentes de la Facultad en el proceso de evaluación institucional y del programa.
4. Brindar apoyo técnico al decano y a los docentes de la Facultad en las decisiones curriculares y en la interpretación de
criterios para la aplicación del plan de estudios.
5. Servir como organismo de enlace en las discusiones curriculares institucionales referidas a las disciplinas y áreas
académicas de su competencia.
6. Evaluar periódicamente el plan de estudios de los programas académicos de la Facultad y recomendar al Consejo de
Facultad, modificaciones que respondan a las políticas de su Facultad y su misión.
7. Participar en el diseño del contenido y la secuencia de los planes de estudios.
8. Analizar y revisar los contenidos y guías de cátedra de las asignaturas y dar a conocer al Consejo de Facultad las
recomendaciones pertinentes.
9. Las demás que le asignen los reglamentos de UNISANGIL o la legislación vigente.

Comité de Bienestar Institucional

Es el responsable de establecer y desarrollar programas orientados a garantizar condiciones que propicien la formación integral, así como de crear, mantener y consolidar un entorno universitario caracterizado por un ambiente intelectual, ético y estético en el que la comunidad pueda participar en actividades culturales, curriculares y extracurriculares, deportivas, recreativas, de salud y de vida universitaria, dentro y fuera de la Institución.

Conformado por:

 El Director(a) del Departamento de Bienestar Universitario, quien lo presidirá.
 Dos (2) estudiantes elegidos por estos mismos en votación directa y secreta.
 Un (1) representante de los profesores por cada Facultad, elegido por estos mismos en votación directa y secreta.
 El profesor de Recreación y Deportes.
 El Coordinador de Pastoral.
 Un (1) representante del Área Artística Cultural designado por el Director(a) del Departamento.
 Un (1) representante del personal administrativo, elegido por estos mismos en votación directa y secreta.

PRINCIPALES ÁREAS DE RESPONSABILIDAD:

1. Participar activa y responsablemente en la planeación de las diferentes actividades de bienestar universitario.
2. Ser miembros activos en la promoción y en la práctica cotidiana de los valores como la responsabilidad, la solidaridad,
la tolerancia, la participación y la autonomía, necesarios para lograr una mejor sociedad.
3. Velar por que en los programas, proyectos y actividades de bienestar se involucre a la totalidad de la comunidad
universitaria.
4. Ser puente entre las facultades y programas académicos para la motivación y divulgación de las diferentes actividades
organizadas por Bienestar Universitario.
5. Generar espacios de intercambio académico, social y recreativo que procuren la consolidación de la comunidad
universitaria.
6. Las demás que le asignen los estatutos, el Consejo Superior o la legislación vigente.

Proceso de elecciones

Durante todo el día 15 noviembre de 2023, se desarrollará el proceso de votación para la designación de los representantes ante los diferentes Comités y Consejos de nuestra Institución.

Las votaciones se realizarán en línea mediante nuestro sistema de información académico y administrativo. La urna virtual estará habilitada desde las 7:00 a.m. hasta las 7:00 p.m. en jornada continua.

Candidatos

A continuación encontrarán el consolidado de inscritos para la designación de representantes antes los diferentes Comités y Consejos de nuestra Institución.